¿Qué es el Padrón?
22 de diciembre de 2023
 

El Padrón es el registro administrativo realizado por el ayuntamiento para conocer y hacer constar el domicilio habitual de sus habitantes.

Escolarización fuera de plazo

Si necesitas escolarizar a un menor de edad, fuera del plazo ordinario de inscripción, hazlo saber al ayuntamiento lo antes de posible, ellos te orientarán sobre el proceso a seguir. Es muy rápido y sencillo.

Recordemos que la educación escolar es obligatoria para los menores con edades comprendidas entre los 6 y 16 años. (Ley Orgánica 2/2006 03 de mayo de Educación, en sus artículos 16 y 22). 

Haz valer tus derechos, no importa la fecha en la que fijan un nuevo domicilio, los menores en edad en etapa escolar deben de ser inscritos lo antes posible en el colegio o instituto de su ayuntamiento.

El padrón tiene una validez de (03) tres meses

 

Todas las personas que residan en España tienen la obligación de darse de alta en el ayuntamiento en donde fijen su domicilio, y de mantener actualizados sus datos: Cambio de dirección, teléfono, documentos de identidad.

 

Informe o volante de padrón: Tiene validez informativa.

 

Certificado de padrón: Tiene validez jurídica.

 

Padrón individual: El padrón individual como su nombre lo indica, informa solo sobre la persona solicitante. 

 

Padrón colectivo: Aparecen todos los habitantes que residen en un bien inmueble, para su solicitud hace falta la presentación de los documentos de identidad de todas las personas  residentes en ese domicilio. 

 

El padrón se puede solicitar presencialmente o por internet con certificado digital.

 

Requisitos

Es conveniente visitar la página web del ayuntamiento en el que resides, para verificar cuáles pasos debes seguir y cuales documentos deberás aportar.

 

Pero generalmente las OAC - Oficinas de Atención Ciudadana, solicitan:

  • Cita previa
  • Documento de identidad original y en vigor: DNI, NIE, Pasaporte si es extranjero. Si hay menores de edad debe aportar el libro de familia o partida de nacimiento, ambos progenitores deben autorizar la inscripción del padrón del menor. (Si uno de los progenitores con patria potestad no se encuentra presente, debe autorizar por escrito, anexando copia de su documento de identidad).
  • Documento de propiedad o de alquiler del bien inmueble en donde se habita. Si vive en la casa de otra persona, debe de solicitar autorización escrita al propietario, familiar, amigo, etc, para proceder con la inscripción en el Padrón.
  • Dos últimos recibos de servicios básicos: Luz, agua, gas, etc.

Foto: Ayuntamiento de Alicante

© Derechos de autor. Todos los derechos reservados.

Necesitamos su consentimiento para cargar las traducciones

Utilizamos un servicio de terceros para traducir el contenido del sitio web que puede recopilar datos sobre su actividad. Por favor, revise los detalles y acepte el servicio para ver las traducciones.